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Visitantes y código de conducta en los locales

Los campus escolares del Distrito están cerrados al público y la presencia de un visitante en el campus es un privilegio; no se tolerará ningún comportamiento perturbador. 

El Distrito tiene derecho a negar la entrada a la escuela o a los terrenos del Distrito a personas que no tengan asuntos legítimos en la escuela o en las instalaciones del Distrito. El Distrito también puede expulsar a un individuo (incluyendo a un padre/tutor) y/o excluir su presencia futura si él/ella se niega a irse pacíficamente y (1) el individuo representa un riesgo sustancial de daño a cualquier persona; o (2) el individuo se comporta de una manera inapropiada para el entorno escolar después de haber recibido una advertencia verbal o escrita para cesar el comportamiento inapropiado. Cualquier persona expulsada o excluida de la propiedad del Distrito puede apelar esta decisión a través de las políticas locales de quejas.

Los visitantes en el campus pueden asistir a ciertas actividades escolares de acuerdo con las directrices para visitantes establecidas por cada campus. Un director puede permitir o limitar los visitantes para el almuerzo o las actividades del campus según lo determine apropiado el director. Si un visitante tiene acceso supervisado a un alumno por orden judicial, dicho visitante no podrá asistir al almuerzo o a las actividades escolares, independientemente de las normas o directrices generales del campus. Del mismo modo, si un director determina que la presencia de un visitante en el almuerzo o en una actividad podría ser perjudicial para el alumno, el entorno de aprendizaje o el entorno de trabajo, el director podrá limitar o prohibir la presencia del visitante en el campus.

Para más información, consulte la sección Visitantes adultos en el campus del Manual del estudiante.