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Factores especiales

El PEI debe documentar la consideración de factores especiales, incluidos todos los siguientes:

  • Las necesidades de comunicación del alumno
  • En el caso de un alumno con conocimientos limitados de inglés, las necesidades lingüísticas del alumno en relación con su PEI.
  • En el caso de un alumno cuyo comportamiento impida su aprendizaje o el de los demás, consideración de intervenciones, estrategias y apoyos conductuales positivos para abordar ese comportamiento.

Reuniones del Comité ARD para estudiantes de educación infantil nuevos en CFISD

  • El profesor de ECSE redacta el PLAAFP y las metas y objetivos del IEP, basándose en la información de la evaluación, y revisa los borradores con los padres antes de la reunión Comité ARD.
  • El diagnosticador/LSSP, el administrador, el maestro de ECSE y los miembros del personal de SLP se reunirán antes de la reunión Comité ARD para discutir los resultados de la evaluación y el borrador del IEP y para llegar a un consenso con respecto a la programación y colocación propuestas.
  • A petición de un padre cuyo niño fue servido previamente en ECI, CFISD invitará a un representante de ECI a la reunión inicial Comité ARD.
  • El diagnosticador/LSSP, el administrador y el profesor de ECSE son responsables de garantizar que los padres
    • Recibe el borrador del PLAAFP y las metas/objetivos
    • Comprende el proyecto de documento y tiene la oportunidad de formular preguntas y hacer aportaciones en relación con los proyectos de documentos.
    • Comprende que su aportación es importante y valorada por los demás miembros del Comité ARD

Reuniones del Comité ARD para un estudiante sordo o con dificultades auditivas

El Comité ARD documenta que se tuvo en cuenta todo lo siguiente:

  • Necesidades lingüísticas y comunicativas del alumno
  • Oportunidades de comunicación directa con los compañeros y el personal profesional en la lengua y modo de comunicación del alumno.
  • Nivel(es) académico(s) del estudiante
  • Toda la gama de necesidades del alumno, incluidas las oportunidades de instrucción directa en la lengua y el modo de comunicación del alumno.
  • Toda la gama de necesidades del alumno, incluidas las oportunidades de instrucción directa en la lengua y el modo de comunicación del alumno.

Para los estudiantes que son sordos o tienen dificultades auditivas, los padres recibirán información escrita sobre los programas ofrecidos por la Escuela para Sordos de Texas, incluyendo los requisitos de elegibilidad y admisión y los derechos de los estudiantes relacionados con la admisión.
Si es factible y no entra en conflicto con ninguna recomendación del Comité ARD, un alumno sordo o con dificultades auditivas debe recibir una educación en compañía de un número suficiente de compañeros que utilicen el mismo modo de lenguaje y con los que el alumno pueda comunicarse directamente. Si es posible, los compañeros deben ser de la misma edad y capacidad, o aproximadamente de la misma.

El alumno sordo o con dificultades auditivas tendrá la oportunidad de estar expuesto a modelos de conducta sordos o con dificultades auditivas.

Los servicios de asesoramiento psicológico adecuados para un alumno sordo o con dificultades auditivas estarán disponibles en el centro escolar del alumno en el principal modo de comunicación del alumno.

En el caso de un estudiante que tiene problemas de audición, se utilizarán sistemas auditivos apropiados para mejorar la comunicación oral, si así lo requiere el Comité ARD del estudiante.
Además de satisfacer los requisitos estatales y federales para la formación profesional, CFISD desarrollará e implementará un plan de transición para la transición de un estudiante que es sordo o con problemas de audición en un programa de clase regular si el estudiante va a ser transferido de una clase especial o centro o escuela no pública, no sectaria en una clase regular en una escuela pública para cualquier parte del día escolar. El plan de transición debe prever actividades

  • Integrar al alumno en el programa de educación ordinaria, especificando la naturaleza de cada actividad y el tiempo dedicado a la misma cada día.
  • Apoyar la transición de los alumnos del programa de educación especial al programa de educación ordinaria.

Para los estudiantes que reciben servicios de Al, el equipo del Comité ARD/Plan Comité de Servicios Familiares (IFSP) documenta que la pérdida auditiva del estudiante afecta gravemente el procesamiento de la información lingüística incluso con la amplificación recomendada y que la pérdida afecta negativamente el rendimiento educativo. Los servicios de la Escuela Regional Diurna para Sordos para estudiantes elegibles de CFISD son proporcionados por miembros del personal del Acuerdo de Servicios Compartidos de la Cooperativa para Sordos y Hipoacúsicos del Noroeste del Condado de Harris.


En el caso de los alumnos cuyas necesidades de comunicación incluyan el pleno acceso a la comunicación a través del lenguaje de signos, los servicios de interpretación deberán ser prestados por personal certificado. Un intérprete puede estar certificado por el Departamento de Servicios de Asistencia y Rehabilitación de Texas (OARS) o por el Registro de Intérpretes para Sordos. En caso de escasez crítica de intérpretes, los padres pueden dar permiso para que se utilice un intérprete precertificado para clases específicas. CFISD debe asegurar que los audífonos usados en la escuela por niños sordos o con problemas de audición funcionen correctamente.

Reuniones del Comité ARD para un alumno con discapacidad visual

Para los estudiantes que son "funcionalmente ciegos", debe haber documentación de que cada miembro del Comité ARD o equipo IFSP ha recibido información que describe los beneficios de la instrucción Braille. ("Funcionalmente ciego" se refiere a los estudiantes que utilizarán medios táctiles, que incluye Braille, como herramienta principal para el aprendizaje).

Para todos los alumnos con discapacidad visual, el IEP/IFSP especifica los medios de aprendizaje y alfabetización adecuados según lo determinado por la Evaluación de Medios de Aprendizaje. Un profesor con
Un profesor autorizado para enseñar a alumnos con discapacidad visual impartirá la enseñanza en Braille.

El IEP/IFSP desarrollado por el Comité ARD o el equipo IFSP describe o documenta cada uno de los siguientes puntos:

  • Formación en orientación y movilidad
  • Uso de Braille y/o letra grande
  • Otros entrenamientos para compensar pérdidas visuales graves
  • Acceso a herramientas, aparatos, ayudas o dispositivos especiales necesarios para compensar una pérdida visual grave.
  • Que los padres o el alumno hayan sido informados de los recursos existentes en la comunidad y en el Estado.

Para un estudiante con un impedimento visual o sordoceguera, el IEP describe los arreglos para el contacto y los servicios continuos más allá de las horas regulares de la escuela, si es necesario, para asegurar que el estudiante desarrolle las habilidades compensatorias, comunicativas, de orientación y movilidad, de ajuste social y vocacionales necesarias para el éxito en el aula y para obtener beneficios duraderos y prácticos de la educación dentro del CFISD.

Para un niño funcionalmente ciego, CFISD debe proporcionar instrucción de lectura y escritura en Braille que sea suficiente para permitir que el niño se comunique con el mismo nivel de competencia que otros niños de capacidad comparable y en el mismo grado. Cada persona que asiste en el desarrollo del IEP de un niño funcionalmente ciego debe recibir información que describe los beneficios de la instrucción Braille.

La carpeta de auditoría estatal de un alumno con discapacidad visual y/o sordoceguera debe contener el consentimiento o la denegación de consentimiento de los padres para que la Agencia de Educación de Texas divulgue los datos pertinentes de registro de alumnos y el censo de sordoceguera a entidades específicas con fines educativos y estadísticos.

Los padres del alumno deben recibir cada año información por escrito sobre los programas ofrecidos por la Escuela para Ciegos y Deficientes Visuales de Texas (TSBVI), incluidos los requisitos de elegibilidad y admisión y los derechos de los alumnos relacionados con la admisión.

Reuniones Comité ARD para un alumno con trastorno del espectro autista

Para los alumnos con Trastorno del Espectro Autista, las siguientes estrategias, basadas en la programación educativa revisada por pares y basada en la investigación en la medida de lo posible y, cuando sea necesario, se abordarán en el IEP del alumno:

  • Programación educativa ampliada
  • Horarios diarios que reflejen un tiempo mínimo no estructurado y una participación activa en las actividades de aprendizaje. 
  • Formación en el hogar y en la comunidad o alternativas viables que ayuden al alumno a adquirir habilidades sociales/de comportamiento.
  • Estrategias de apoyo al comportamiento positivo basadas en información pertinente
  • A partir de los 14 años o antes, planificación del futuro para entornos integrados de vida, trabajo, comunidad y educación que tengan en cuenta las habilidades necesarias para desenvolverse en entornos actuales y postsecundarios.
  • Formación y apoyo a los padres y las familias, a cargo de personal cualificado con experiencia en el trastorno del espectro autista.
  • Ratio personal/alumno adecuado a las actividades identificadas y según sea necesario para lograr un progreso social/conductual basado en el nivel de desarrollo y aprendizaje del niño que fomente el trabajo hacia la independencia individual.
  • Intervenciones de comunicación, incluidas las formas y funciones del lenguaje, que mejoran la comunicación eficaz en todos los entornos. 
  • Apoyos y estrategias de habilidades sociales basados en la evaluación/currículo de habilidades sociales y proporcionados en todos los entornos.
  • Apoyo profesional a educadores y personal
  • Estrategias de enseñanza basadas en prácticas revisadas por pares y basadas en la investigación para alumnos con trastornos del espectro autista.

Si un Comité ARD determina que los servicios enumerados anteriormente no son necesarios, el IEP debe incluir una declaración a tal efecto y la base sobre la que se tomó la determinación.

Ausencias

Un estudiante diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista que no se encuentre realmente en el campus en el momento en que se toma la asistencia puede ser considerado en asistencia a efectos de financiación si el estudiante está temporalmente ausente debido a una cita documentada con un profesional de la salud, incluyendo un profesional de la salud, para recibir un servicio generalmente reconocido para las personas con ese trastorno. Para ser considerado temporalmente ausente, el estudiante debe comenzar las clases o regresar a la escuela el mismo día de la cita. La cita debe estar respaldada por un documento, como una nota del profesional sanitario.

Un profesional de la salud, tal y como se define en el artículo 1355.01S(b) del Código de Seguros, es una persona que cumple uno de los siguientes requisitos:

  • Que esté autorizado, certificado o registrado por un organismo competente del Estado de Texas
  • Cuya credencial profesional esté reconocida y aceptada por una agencia apropiada de Estados Unidos.
  • Quién está certificado como proveedor bajo el sistema de salud militar TRICARE

Los servicios generalmente reconocidos para los alumnos con Trastorno del Espectro Autista pueden incluir:

  • Servicios de evaluación y valoración
  • Análisis conductual aplicado
  • Entrenamiento y gestión del comportamiento
  • Logopedia
  • Terapia ocupacional
  • Fisioterapia
  • Medicamentos o suplementos nutricionales utilizados para tratar los síntomas del TEA

Reuniones del Comité ARD para estudiantes identificados con dominio limitado del inglés
(LEP)

Para los estudiantes con discapacidades que son identificados como Dominio Limitado del Inglés (LEP), el Comité ARD, trabaja en conjunto con el Comité Evaluación de Dominio del Idioma (LPAC) para determinar los criterios de entrada y salida.

Colaboración ARD Comité

Los representantes del Comité ARD y del LPAC se reunirán informalmente para considerar
información relativa a las capacidades cognitivas y lingüísticas, así como a las necesidades afectivas del estudiante. Estas reuniones conjuntas pueden tener lugar no sólo para facilitar la entrada y salida de un estudiante de los respectivos programas, sino también para revisar el progreso, determinar las adaptaciones lingüísticas y discutir otros temas relacionados con el IEP del estudiante.

Las recomendaciones de estas reuniones informales deben presentarse en las reuniones Comité ARD
reuniones para asegurar que las consideraciones apropiadas con respecto a la adquisición de la segunda lengua en inglés se aborda en el desarrollo del IEP del estudiante.

Cuando parece que ya no es necesario el apoyo para la adquisición de la segunda lengua, los miembros clave del Comité ARD y el LPAC deben identificar las evaluaciones apropiadas de lenguaje oral, lectura y escritura y los estándares de rendimiento para verificar que el estudiante ya no necesita el apoyo para la adquisición de la segunda lengua para abordar las necesidades de aprendizaje. Las recomendaciones se consideran entonces durante una reunión formal del Comité ARD y se toman decisiones con respecto a la salida de los servicios LEP.
de los servicios LEP.

Representantes de padres LPAC

Debido a los requisitos de la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA, por sus siglas en inglés), se debe tener cuidado para garantizar la protección de la confidencialidad del estudiante cuando se discutan temas de educación especial y LEP. El distrito tiene la opción de

  • Formar al padre del alumno que recibe educación especial como representante de los padres de la LPAC, evitando así la cuestión de la confidencialidad del alumno.
  • Notificar a los padres en su notificación anual FERPA que CFISD trata a los representantes de los padres LPAC como funcionarios escolares con intereses educativos legítimos en los registros educativos de los estudiantes para los que actúan como representante de los padres LPAC.
  • Obtención del consentimiento por escrito de los padres del alumno para divulgar información

Reuniones del Comité ARD para un estudiante con problemas de conducta

Evaluación funcional del comportamiento (FBA)

Los problemas de conducta se abordan mejor cuando se conoce la causa del comportamiento. La causa puede determinarse cuando se realiza una evaluación funcional del comportamiento del alumno. La escuela debe solicitar el consentimiento para llevar a cabo una FBA y desarrollar un plan de intervención en el comportamiento (BIP) para cualquier estudiante con una discapacidad que muestra graves dificultades de comportamiento y / o que pone a sus compañeros o a sí mismo en riesgo debido a estos comportamientos.

Este requisito se aplica cuando un alumno discapacitado es objeto de una medida disciplinaria grave (por ejemplo, cambio de centro o expulsión).
disciplinaria grave (por ejemplo, un cambio de ubicación o expulsión). La escuela debe, ya sea antes o a más tardar 10 días después de que se tome la medida disciplinaria, solicitar el consentimiento para realizar una FBA, si no se ha realizado una FBA o si la FBA actual tiene más de un año, y desarrollar un BIP para el comportamiento que dio lugar a la medida disciplinaria. Si el FBA es menos de un año viejo, y un BIP está en el lugar, el Comité de ARD debe repasar el BIP para determinar si es todavía apropiado.

Los miembros pertinentes del Comité ARD, incluido el maestro de educación general del estudiante, deben proporcionar información para la FBA. Estos miembros Comité Comité deben

  • Centrarse en el comportamiento específico que impide el aprendizaje definiendo y describiendo claramente los comportamientos observables.
  • Utilizar información procedente de diversas fuentes, como debates, entrevistas, registros de alumnos y observaciones para identificar la duración, la frecuencia, el nivel de intensidad y los patrones de comportamiento. 
  • Identificar y describir los antecedentes (acontecimientos que lógicamente sirven de estímulo para el comportamiento).
  • Identificar y describir las consecuencias (acontecimientos que parecen reforzar el comportamiento del alumno).
  • Determinar el propósito de la conducta del alumno (lo que el alumno está consiguiendo, escapando/evitando o controlando como resultado de la conducta).
  • Describir la relación entre el comportamiento y el acontecimiento y discutir las posibles variables ambientales que pueden modificarse.
  • Desarrollar el plan de intervención conductual y las adaptaciones 

Plan de intervención en el comportamiento (PIC)

Un Plan de Intervención en el Comportamiento (PIC) es un plan proactivo para gestionar el comportamiento de un alumno y sustituir los comportamientos inadecuados por otros más apropiados. El PIC ayuda al profesor a abordar los procedimientos de gestión del aula que fomentan el desarrollo de comportamientos deseables al tiempo que controlan o cambian los comportamientos indeseables del alumno.

Un BIP debe ser considerado para cada estudiante identificado como teniendo un disturbio emocional y para otros estudiantes para cuyo comportamiento interfiere con el progreso escolar. Debe elaborarse un PIF cuando los comportamientos del alumno requieran una intervención más específica que las que se realizan habitualmente en el aula.

Las intervenciones conductuales basadas en estrategias de intervención positiva son más eficaces para cambiar el comportamiento indeseable que las estrategias punitivas (por ejemplo, la suspensión). Estas estrategias de intervención deben desarrollarse cuidadosamente, aplicarse de forma sistemática y evaluarse periódicamente para poder introducir los cambios necesarios.

Cuando un alumno discapacitado infringe el código de conducta estudiantil y se le retira de su entorno educativo varias veces, lo que da lugar a un cambio de colocación (durante no más de 10 días), deben aplicarse los siguientes procedimientos:

  • Solicitar el consentimiento para una FBA
  • El gestor del caso del alumno recopilará información sobre los antecedentes del alumno y su comportamiento. Los datos deben obtenerse de diversas fuentes que pueden incluir los expedientes académicos y disciplinarios del alumno, entrevistas con los padres, observación del alumno en múltiples entornos y una entrevista con el alumno o con el profesor.
  • Puede solicitarse una consulta psicológica/conductual, que requiere el consentimiento informado de los padres, si el niño no ha sido sometido a ninguna prueba psicológica previa.

Tras una revisión y estudio exhaustivos de los datos anteriores, el Comité ARD deberá, si lo considera necesario

  • Desarrollar un PBI que incluya objetivos conductuales que se relacionen con el aumento o la disminución de la conducta específica, incluyendo medidas positivas que incluyan los siguientes componentes:

a. Estrategias específicas de intervención apropiadas para el comportamiento

b. Personas responsables de la aplicación del plan

c. Fechas para la revisión del plan y la evaluación de su éxito

d. Centrarse en ampliar las capacidades y oportunidades del alumno a lo largo del tiempo y en distintos entornos.

e. Especificar los métodos adecuados para la evaluación del plan

Metas y objetivos de comportamiento

Basándose en toda la información disponible, el Comité ARD selecciona y prioriza las metas y objetivos del estudiante que se centran en los comportamientos documentados que interfieren con el proceso de aprendizaje.

Al desarrollar metas de comportamiento, el Comité ARD debe primero identificar los comportamientos que interfieren significativamente con el funcionamiento escolar. El Comité entonces debe esforzarse por desarrollar metas realistas que son relacionadas al nivel presente del estudiante de desempeño conductual. 

Al diseñar el PEI conductual, deben seguirse estas directrices:

a. Los servicios para los estudiantes, incluidos los detallados en el comportamiento BIP, deben ser
diseñados individualmente para un alumno basándose en los datos de la evaluación.

b. El plan de servicios debe ser desarrollado por el Comité ARD, y no
únicamente por los maestros o por referencia a un programa estándar ofrecido por el
distrito.

c. Los padres deben participar activamente en la elaboración del IEP y estar plenamente
informados de los métodos y técnicas de gestión del comportamiento que se utilizarán en
en el aula.

d. CFISD proporcionará un continuo de colocaciones para los estudiantes para que los IEPs puedan
IEP se apliquen adecuadamente y para que los estudiantes tengan oportunidades de
generalizar las habilidades recién adquiridas a otros entornos.

e. El PEI debe aplicarse tal y como se ha desarrollado. Si son necesarias modificaciones
el personal debe considerar cuidadosamente si el cambio propuesto constituye un
cambio en el IEP que requiere la convocatoria de una reunión Comité ARD o
una enmienda ARD.

f. La comunicación con los padres y con el resto del personal del distrito debe reflejar con exactitud
reflejar con exactitud las actividades y el comportamiento del niño en el aula. El método de
evaluar el IEP de comportamiento debe ser claro para los padres y para otros
miembros del Comité ARD.