Niños que se trasladan
Un estudiante con una discapacidad que tiene un IEP en lugar de otro distrito escolar en el estado o fuera del estado y que se inscribe en CFISD durante el verano no se considera un estudiante de transferencia. CFISD debe implementar el IEP del distrito escolar anterior el primer día de clases del nuevo año escolar o debe convocar una reunión ARD Comité antes del primer día de clases para revisar el IEP del estudiante para su implementación el primer día de clases del nuevo año escolar.
Evaluaciones de transferencia
Siempre que un ARD Comité determine que los datos de evaluación válidos y otra información de una escuela anterior, incluyendo cualquier agencia de educación local fuera del estado, no están disponibles o son insuficientes para desarrollar un IEP completo, CFISD conducirá cualquier evaluación necesaria para obtener información para desarrollar un IEP completo y, si es apropiado, un Plan de Intervención de Comportamiento. La información de estas evaluaciones debe ser compartida en una segunda reunión de ARD Comité , para ser sostenida dentro de 30 días escolares de la fecha de la primera reunión de ARD Comité para finalizar un IEP. Esta reunión debe entonces constituir la reunión anual de ARD Comité para ese estudiante.
Si el estudiante estaba siendo evaluado para elegibilidad de educación especial en el distrito escolar anterior, CFISD debe coordinar con el distrito escolar anterior para asegurar una terminación pronta de la evaluación. La evaluación debe ser completada dentro de 45 días escolares a partir de la fecha en que CFISD recibe el consentimiento por escrito.
NOTA: El plazo de 45 días no se aplicará a CFISD si un niño se inscribe en CFISD después de que el plazo de 45 días ha comenzado y antes de una determinación por el distrito anterior del niño / escuela chárter / agencia pública en cuanto a si el niño es un niño con una discapacidad. Esta excepción se aplica sólo si CFISD está haciendo suficiente progreso para asegurar una pronta finalización de la evaluación y si el padre y CFISD están de acuerdo en un momento específico cuando se completará la evaluación.
- El departamento de educación especial hace todo lo posible para adquirir la evaluación, ARD Comité informes y otros registros de educación especial de la escuela de origen y / o los padres del niño.
- Quince días escolares antes de la reunión de revisión ARD de 30 días, el evaluador de educación especial debe comenzar las evaluaciones si no se han recibido registros. (El consentimiento para la evaluación debe haber sido obtenido en el ARD inicial de Transferencia / Colocación Temporal).
- Cualquier evaluación necesaria y los informes de evaluación escritos se completan antes de la reunión de 30 días de ARD Comité .
- En el caso de una evaluación psicológica, el LSSP revisa la evaluación. Verifica que el documento del informe cumple las normas del distrito e incluye las credenciales del personal evaluador y sus firmas.
- Debe haber un informe escrito de evaluación ya sea del distrito escolar anterior o CFISD para cada condición reportada para ser considerada en la discusión de elegibilidad para educación especial.
La reunión anual ARD Comité se lleva a cabo 30 días escolares (aproximadamente seis semanas) después de la reunión ARD de Transferencia/Colocación Temporal Comité . Los reportes FIE actuales (dentro de tres años) y los reportes de condición de discapacidad deben ser considerados en esta reunión.
