Reunión de admisión, revisión y despido Comité
En las escuelas públicas de Texas, la Admisión, Revisión y Despido (ARD) Comité sirve como el equipo del Programa de Educación Individualizado (IEP) definido en la ley federal y las regulaciones de IDEA. Al principio de cada año escolar, CFISD debe tener un IEP en efecto para cada niño matriculado con una discapacidad que reside dentro de su jurisdicción.
Los Comités ARD de CFISD desarrollan metas y objetivos para todos los estudiantes que reciben servicios de educación especial. El ARD Comité, incluyendo padres o padres sustitutos, se reúne por lo menos anualmente para desarrollar metas anuales mensurables y, en algunas circunstancias objetivos a corto plazo para el estudiante. Estas metas y objetivos están diseñados para satisfacer las necesidades educativas del alumno derivadas de su discapacidad y permitirle progresar en el plan de estudios de educación general.
Para que los padres disfruten de una participación significativa en las reuniones del ARD Comité , se espera que el gestor del caso proporcione a los padres un borrador del PLAAFP y de las metas y objetivos al menos 2 días antes de la reunión programada del ARD para su revisión, y que las deliberaciones del ARD documenten esta información.
Los miembros requeridos del ARD Comité son determinados por las regulaciones de la Agencia de Educación de Texas, las pautas locales, y el propósito de la reunión. El facilitador del Comité es responsable de asegurar que todos los miembros requeridos estén en asistencia y entiendan sus papeles para contribuir al proceso ARD.
El informe escrito de la ARD Comité documenta las decisiones de la Comité con respecto a las cuestiones debatidas durante la reunión. El informe incluye las deliberaciones de la reunión, la fecha, los nombres, cargos y firmas de los miembros participantes en cada reunión e indica si se ha llegado a un acuerdo mutuo. Los padres/estudiantes adultos reciben una copia de los documentos ARD al concluir la reunión ARD Comité o dentro de un plazo razonable después de la reunión. La primera copia del documento se proporciona sin costo alguno para el padre/estudiante adulto. Los miembros del personal de evaluación de CFISD proporcionan a los instructores del estudiante los documentos pertinentes inmediatamente después de la reunión de ARD Comité o dentro de un tiempo razonable después de que la reunión haya ocurrido.
CFISD, el padre, o el estudiante adulto puede grabar en audio la reunión de ARD Comité . Todos los participantes en la reunión serán informados que la grabación de audio está ocurriendo y el uso de la grabación de audio será documentado en el acta de la reunión. Cuando un padre o estudiante adulto notifica el ARD Comité que ellos están grabando audio la reunión, el distrito también grabará la reunión. El contenido de la cinta de audio será confidencial.
Reunión inicial ARD Comité
El ARD Comité toma sus decisiones con respecto a los estudiantes remitidos para una evaluación individual completa e inicial (FIIE) en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de finalización del informe escrito de la FIIE. La educación especial y los servicios relacionados deben estar disponibles tan pronto como sea posible después del desarrollo del IEP. El ARD se programará en una fecha y hora de mutuo acuerdo. Los servicios comienzan 5 días después de que se dé el aviso por escrito, a menos que se acuerde otra fecha pero el Comité. Si el padre renuncia al aviso de 5 días, los servicios pueden comenzar al día siguiente.
Si el día 30 cae durante el verano y no hay clases, el ARD Comité tiene
hasta el primer día de clase del otoño para finalizar las decisiones relativas a la determinación inicial de elegibilidad, el IEP y la colocación, a menos que el FIE indique que el alumno necesitará servicios de Año Escolar Extendido (ESY) durante ese verano.
Cuando una evaluación inicial, completada a finales del año escolar, indica que el estudiante necesitará servicios ESY, los plazos de la reunión ARD Comité deben ajustarse para que los servicios puedan ser proporcionados para ese verano.
Reunión anual de ARD Comité
El ARD Comité revisa el IEP del estudiante no menos que anualmente, para determinar si las metas anuales para el estudiante están siendo logradas y para planear un programa apropiado para el próximo año civil. La definición de un año para determinar si un IEP está vigente es un año calendario. Por favor note que la reunión anual ARD de un estudiante Comité debe ser sostenida cada año en o antes de la Reunión anual ARD anterior. También, la colocación del estudiante es determinada por lo menos anualmente basado en el IEP del estudiante.
Revisión del PEI
El ARD Comité puede reunirse en cualquier momento para revisar el IEP, según proceda, para abordar:
- Cualquier falta de progreso esperado hacia los objetivos anuales y en el plan de estudios de educación general
- Los resultados de la reevaluación
- Información sobre el niño facilitada a los padres o por ellos
- Las necesidades previstas del niño o
- Otros asuntos relacionados con el Programa Educativo Individualizado (PEI) del niño.
Solicitud de reunión ARD Comité
Una reunión ARD puede ser convocada en cualquier momento a petición de los padres o del personal del distrito. CFISD debe informar a los padres del funcionamiento del ARD Comité y las circunstancias o tipos de problemas para los cuales solicitar una reunión ARD Comité es apropiado. Si las preocupaciones de los padres no están relacionadas con la provisión de servicios de educación especial, la escuela puede solicitar que el asunto sea resuelto a través de una conferencia entre padres y maestros. Si un padre todavía desea que una reunión de ARD Comité sea programada para su niño, la petición debe ser honrada. Sobre la petición paternal para una reunión de ARD Comité , tal reunión debe ser programada dentro de cinco días escolares siempre que sea posible o proporcionar el aviso escrito que explica por qué el distrito se niega a convocar una reunión.
Un maestro que instruye a un estudiante con una discapacidad en un aula regular puede solicitar una revisión del programa de educación individual del estudiante. CFISD responderá a la petición del maestro de una manera oportuna y notificará a los padres del estudiante o tutor legal de su respuesta. El maestro también puede solicitar una reunión de personal para discutir preocupaciones o dar su opinión o proponer cambios al programa del estudiante.
Transferencia ARD Comité Reuniones *
El ARD Comité debe reunirse cuando el estudiante se inscribe y la escuela no puede verificar por escrito, o por teléfono, que el estudiante estaba recibiendo servicios en el distrito anterior. Si los datos y otra información del distrito anterior no están disponibles o son insuficientes para desarrollar una
IEP completo, el ARD Comité puede autorizar la prestación de servicios temporales de educación especial.
Servicios temporales de educación especial
Siempre que un ARD Comité determine que los datos de evaluación válidos y otra información de una escuela anterior (incluyendo cualquier agencia de educación local fuera del estado) no están disponibles o son insuficientes para desarrollar un IEP completo, CFISD conducirá cualquier evaluación necesaria para obtener información para desarrollar un IEP completo. La información de estas evaluaciones debe ser compartida en una reunión de ARD Comité , para ser sostenida dentro de 30 días escolares de la fecha de la transferencia ARD Comité reunión para finalizar un IEP. Esta reunión debe entonces constituir la reunión anual ARD Comité para ese estudiante.
Si el estudiante se transfiere de otro estado, CFISD debe proveer FAPE al estudiante incluyendo servicios comparables a los descritos en el IEP del estudiante hasta que el distrito tenga la oportunidad de conducir una evaluación, si es necesario, y desarrollar un IEP apropiado. Si el distrito opta por realizar una evaluación, ésta se considerará una evaluación inicial. La evaluación y el nuevo IEP deben completarse en un plazo de 30 días escolares.
Transferencia de registros
Cuando un estudiante se muda de un distrito a otro dentro del estado, se espera que el distrito anterior del estudiante transfiera los documentos ARD más actuales del estudiante Comité , incluyendo el IEP actual, a un distrito solicitante dentro de 10 días hábiles usando el sistema Texas Records Exchange (TREx). El resto de los expedientes de educación especial del estudiante deben ser transferidos dentro de 30 días después de que el distrito remitente reciba la solicitud de expedientes.
Estudiantes transferidos con documentación completa
Para estudiantes transferidos con documentación completa incluyendo el reporte anual actual de ARD, metas/objetivos, plan de intervención de comportamiento, si es apropiado, y evaluación actual que cumpla con las guías de evaluación del CFISD, el distrito debe:
- Documentar la información relativa a la programación y colocación anteriores.
- Desarrollar un IEP provisional o, si el IEP del distrito anterior es actual y apropiado, obtener el consentimiento de los padres para aplicar el IEP del distrito anterior.
- Programar una segunda reunión de ARD Comité al cabo de 30 días lectivos.
- Durante el período de 30 días, reúna información sobre el estudiante y revise los registros recibidos del distrito escolar anterior. Si los registros recibidos del distrito anterior están actualizados y se puede establecer la elegibilidad, la reunión de ARD de 30 días Comité se convierte en la reunión anual de ARD del estudiante Comité .
Estudiantes trasladados con poca o ninguna documentación disponible
Para los estudiantes transferidos con registros que son inadecuados, no actualizados o no disponibles, se debe hacer todo lo posible para programar una reunión ARD Comité antes de 30 días escolares después de la inscripción del estudiante. Durante la reunión, CFISD desarrollará un plan de reevaluación para el estudiante. Una reunión ARD Comité será programada para revisar la evaluación y determinar la elegibilidad continua para servicios de educación especial.
Estudiantes trasladados de otros Estados
Se celebra una reunión ARD de transferencia Comité para los estudiantes nuevos en el distrito procedentes de fuera del estado. La información relativa a la programación y colocación anteriores se documenta durante la reunión ARD de transferencia Comité . Si la información de la evaluación no es adecuada y/o no cumple con los requisitos del estado
requisitos/reglamentos, el CFISD
- Documentar la información relativa a la programación y colocación anteriores.
- Desarrollar un IEP provisional o, si el IEP del distrito anterior es actual y apropiado, obtener el consentimiento de los padres para aplicar el IEP del distrito anterior.
- Programar una segunda reunión de ARD Comité al cabo de 30 días lectivos.
- Durante el período de 30 días, reúna información sobre los estudiantes y revise los registros recibidos del distrito escolar anterior. Si los registros recibidos del distrito anterior están actualizados y se puede establecer la elegibilidad, la reunión de ARD de 30 días Comité se convierte en la reunión anual de ARD del estudiante Comité .
*Un estudiante con una discapacidad que tiene un IEP en lugar de otro distrito escolar en el estado o fuera del estado y que se inscribe en CFISD durante el verano no se considera un estudiante de transferencia. CFISD debe implementar el IEP del distrito anterior en el primer día de escuela en el nuevo año escolar o debe convocar y ARD Comité reunión antes del primer día de escuela para revisar el IEP del estudiante para la aplicación en el primer día de escuela en el nuevo año escolar.
Reevaluación ARD Comité Reuniones
La revisión de todos los datos de evaluación existentes (REED) informes debe tener lugar en la reunión anual de ARD Comité celebrada durante el año natural anterior a la fecha del 3er aniversario de la última Evaluación Individual y Completa (FIE). Algunas circunstancias específicas pueden surgir que requieren que un ARD Comité solicite evaluación adicional, como para servicios relacionados y/o evaluación psicológica.
Si al niño le corresponde una reevaluación en cualquier área durante el año calendario posterior a la reunión anual de ARD Comité , se seguirán los siguientes procedimientos:
Si el niño califica para servicios de educación especial como un estudiante con una discapacidad específica de aprendizaje (LD), discapacidad intelectual (ID), otro impedimento de salud (OHI) - condición médica, impedimento ortopédico (01), lesión cerebral traumática (TBI), o impedimento múltiple (MD) antes de la reunión anual ARD Comité , el evaluador de educación especial revisará las pruebas anteriores y los registros educativos actuales para determinar si se necesitan pruebas adicionales para establecer la elegibilidad continua para servicios de educación especial.
Si el alumno debe someterse a una reevaluación por trastorno por déficit de atención con hiperactividad (ADD o ADHD), trastorno emocional (ED) y/o autismo (AU), el especialista en diagnóstico lo notificará al LSSP para que revise los expedientes y haga recomendaciones sobre la reevaluación necesaria para seguir cumpliendo los requisitos para recibir servicios de educación especial. Los LSSP también harán recomendaciones para cualquier prueba adicional necesaria para establecer la necesidad continua de asesoramiento como servicio relacionado.
Si el alumno debe someterse a una reevaluación por una deficiencia visual (VI) o auditiva (Al), el evaluador de educación especial notificará al profesor de VI y/o Al para que revise los expedientes y haga recomendaciones para la reevaluación necesaria para seguir cumpliendo los requisitos para recibir servicios de educación especial.
Si el alumno debe someterse a una reevaluación por deficiencias del habla y el lenguaje (SI), el logopeda revisará los expedientes y formulará recomendaciones sobre la reevaluación necesaria para seguir cumpliendo los requisitos para recibir servicios de educación especial.
Si un alumno debe someterse a una reevaluación para cualquier servicio relacionado (terapia ocupacional, fisioterapia, terapia ocupacional individual, terapia asistida), el evaluador de educación especial notificará al proveedor de servicios adecuado para obtener recomendaciones sobre cualquier prueba adicional necesaria para establecer la necesidad continuada de dichos servicios.
Una vez reunidas todas las recomendaciones, el evaluador de educación especial redactará el borrador de REED.
Si, después de revisar los datos, el ARD Comité determina que no se necesitan datos adicionales para establecer la elegibilidad continuada para servicios de educación especial, no se lleva a cabo ninguna evaluación adicional a menos que lo solicite el padre, que es miembro del ARD Comité. Si el padre no está presente en la reunión, se le notifica su derecho a solicitar una evaluación y que el alumno sigue cumpliendo los requisitos de elegibilidad como alumno discapacitado.
ARD Comité Excusas
CFISD no permite la excusa de miembros requeridos de ARD Comité . Se requiere que los miembros de consenso asistan a toda la reunión de ARD Comité . Un miembro requerido no puede ser excusado antes de la conclusión de la reunión. Los representantes de Educación General no son requeridos para un ARD de 18+ donde el estudiante ha completado sus 22 créditos.
Reuniones ARD no consensuadas Comité
Las decisiones tomadas por el ARD Comité se toman por consenso y no por mayoría de votos. Si hay desacuerdos entre los miembros del personal de la escuela sobre las recomendaciones para un estudiante, los miembros de la escuela del ARD Comité deben reunirse antes de la reunión del ARD Comité para establecer recomendaciones sólidas en nombre del estudiante. Si los miembros del personal del distrito escolar siguen en desacuerdo, el administrador presente en la reunión y que actúa como "representante de la agencia" define la posición del distrito.
Si los padres no están de acuerdo con la programación propuesta por la escuela, se les ofrecerá un receso de 10 días lectivos. La fecha y la hora para volver a convocar la reunión deben concretarse antes de que se levante la sesión y los padres deben recibir en ese momento un aviso por escrito de la próxima reunión. Además, el ARD Comité debe documentar en las deliberaciones una declaración para la base del desacuerdo. Si los padres u otros miembros del ARD Comité están en desacuerdo, se les debe dar la oportunidad de escribir sus propias declaraciones de su desacuerdo que serán adjuntadas al documento del IEP. El Director de Educación Especial debe ser notificado siempre que hay una reunión de ARD Comité que no ha encontrado el consenso.
NOTA: Los padres tienen derecho a presentar una queja, solicitar mediación o solicitar una audiencia de debido proceso en cualquier momento cuando no estén de acuerdo con las decisiones del ARD Comité.
Durante el receso, los miembros de ARD Comité deberán considerar alternativas, recopilar datos adicionales, preparar documentación adicional y/o localizar a otras personas que puedan ayudarles a llegar a un acuerdo mutuo.
Cuando el ARD Comité vuelva a reunirse, deberá revisarse toda la información relevante y cualquier información nueva. Las deliberaciones de Comité deben reflejar las áreas de discusión y las decisiones tomadas. Si el consenso todavía no puede ser alcanzado, el padre debe firmar, y marcar 'en desacuerdo' y la recomendación de los miembros basados en la escuela del ARD Comité debe ser puesta en práctica. Los padres/estudiantes adultos recibirán una copia de la Solicitud de Audiencia de Debido Proceso de Educación Especial y el Aviso Requerido y el Aviso de Salvaguardias Procesales en este momento. Si el padre no firma el documento ARD e indica que él/ella está de acuerdo o en desacuerdo, el ARD será tratado como un ARD en desacuerdo.
El distrito proporcionará a los padres o al alumno adulto una Notificación de Decisión en un plazo de cinco días lectivos a partir de la fecha de la nueva reunión. No se aplicará ningún cambio hasta que el padre/madre/estudiante adulto
estudiante recibe el aviso escrito a menos que el padre/estudiante adulto esté de acuerdo de otra manera. El acuerdo debe documentarse en el acta de ARD Comité .
NOTA: Este receso no es necesario cuando la presencia del estudiante en el campus representa un peligro de daño físico para el estudiante u otros o cuando el estudiante ha cometido una ofensa de expulsión o una ofensa que puede conducir a una colocación en un programa de educación alternativa (AEP).
Consentimiento para la divulgación de información confidencial
Debe obtenerse el consentimiento de los padres antes de utilizar información personal identificable:
- Revelada verbalmente o por escrito a cualquier persona distinta de los funcionarios de los organismos participantes que recopilan o utilizan la información en virtud de IDEA-Parte B O
- Utilizados para cualquier fin que no sea cumplir un requisito de IDEA-Parte B.
- Cuando se accede a una prestación pública o a un seguro privado
- Cuando los expedientes de educación especial se transmiten a o desde un centro privado
